El pasado 28 de agosto se publicó en el BOE la Orden HFP/816/2017 que regula las operaciones vinculadas y las operaciones y situaciones con países o territorios calificados como paraísos fiscales. Anteriormente, dicha información se recogía en el Impuesto sobre Sociedades si bien  partir de dicha publicación existe una declaración informativa propia, el modelo 232.

¿Quiénes están obligados a presentar el modelo 232?

Deberemos diferenciar entre los obligados por la realización de operaciones con personas o entidades vinculadas y aquellos relacionados con operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios considerados paraísos fiscales.

Operaciones con personas o entidades vinculadas

Entre las mismas se incluyen:

  • Las que se realicen con la misma persona o entidad vinculada y que en conjunto superen los 250.000 euros.
  • Aquellas que se consideren “específicas” y superen el importe conjunto de 100.000 euros. Por ejemplo: venta de participaciones, inmuebles,…
  • Aquellas operaciones de la misma naturaleza que a su vez utilicen el mismo método de valoración, siempre que el importe del conjunto de las mismas en el período impositivo supere 50% de la cifra de negocios de la entidad.
  • Las que apliquen la reducción de las rentas procedentes de determinados activos intangibles en aquellos casos en que el contribuyente aplique la citada reducción prevista en el artículo 23 LIS.

 Operaciones y situaciones relacionadas con países o territorios considerados paraísos fiscales.

  • Operaciones relacionadas con países o territorios considerados como paraísos fiscales o que, a la fecha de cierre del período impositivo, posean valores relacionados con los citados paraísos o territorios.

 ¿Cuándo se debe presentar la declaración informativa?

Respecto al plazo de presentación la legislación señala que la misma se realizará en el mes siguiente a los diez meses posteriores al cierre del ejercicio. Esto quiere decir que para los ejercicios sociales que coincidan con el año natural la presentación del modelo 232 debe ser realizada entre el 1 y el 30 de noviembre del año siguiente.

Como excepción, para aquellas entidades que comenzaron su actividad durante el 2016 y el ejercicio natural no coincide con el año natural el periodo de presentación del modelo será también entre el 1 y el 30 de noviembre del presente año.

En Asesores Grupo NG podemos asesorarte y ayudarte en todo lo concerniente a la presentación del modelo 232 relativo a las operaciones vinculadas.